miércoles, 15 de febrero de 2017

En educación, la legislación lingüística de Baleares es una enorme obra de ingeniería social con un sólo objetivo: impedir el castellano como lengua vehicular de enseñanza.


Resultado de imagen de castellano catalánLa última sentencia del TSJIB, negando a una  madre el derecho a escolarizar a su hijo en castellano en primero de primaria porque ya había estudiado infantil en catalán, es consecuencia de un entramado de leyes y decretos que no dejan resquicio a la consideración del castellano como lengua vehicular de enseñanza, conjuntamente con el catalán







Palma,  15 de febrero de 2016



"El problema no es que esta sentencia del TSJIB se ajuste a la ley, que muy posiblemente se ajuste a la ley, sino que la legislación lingüística de Baleares, como la de Cataluña, ha sido diseñada "ad hoc" con absoluta mala fe, con dos únicos objetivos, en primer lugar, impedir que el castellano se convierta en lengua vehicular y, en segundo lugar, obstaculizar de forma kafkiana cualquier intento particular de padres, alumnos o profesores de reclamar el derecho a no ser discriminado por razón de lengua y poder estudiar también en castellano"

A PLIS. Educación, por favor no le convencen los manidos argumentos de protección de lengua minorizada, de lengua propia, de peligro de extinción, etc. El objetivo es mucho menos elevado  y está dictado por el deseo de procurarse, con la excusa de lengua, funcionarios afines a las tesis nacionalistas y de domar a los tiernos alumnos en el nacionalismo. "Allá quienes en su ingenuidad crean en las buenas intenciones de una legislación lingüística disparatada; la realidad es mucho más prosaica: desterrar el castellano como lengua propia de Baleares".

Que esto es así lo demuestra el hecho de que nada, absolutamente nada se escapa a la inmersión lingüística en catalán, que se aplica a rodillo sin ninguna excepción ni piedad. "Los alumnos con problemas de aprendizaje, en catalán; los alumnos con problemas de lectoescritura, en catalán; los alumnos disléxicos; en catalán; los alumnos que precisan adaptaciones curriculares, en catalán; los alumnos recién incorporados al sistema procedentes de otras partes de España y de Sudamérica, en catalán; los alumnos de tres años, que apenas saben hablar, en catalán; elección de centro de enseñanza, sólo en centros de inmersión; nada se escapa, todo es bueno al servicio del dogma, de la gran "vaca sagrada" de la lengua. Toda la retórica de atención a la diversidad, de atención individual del alumno, de dotar de recursos a las escuelas, etc. es pura palabrería  en el caso del idioma; aquí sólo sirve una sola manera, a la catalana, de hacer las cosas".

El único punto que parecía escaparse a esta máquina de prohibir el castellano, la libertad de elección de lengua de la primera enseñanza, recogido en el Estatuto de Autonomía, ha sido poco a poco estrechado hasta hacer casi impracticable el ejercicio de este derecho. Primero, poniendo en marcha todos los mecanismos de presión de la administración contra los padres que reclamen el castellano como lengua de primera enseñanza; segundo, reduciendo el uso del castellano, para los alumnos cuyos heroicos padres hayan resistido la presión y osado pedir primera enseñanza en castellano, a dos o tres horas de lectoescritura; en tercer lugar, como ha ocurrido recientemente en el caso de la sentencia del TSIB, impidiendo la marcha atrás si un padre ha aceptado un curso en catalán.