martes, 18 de octubre de 2016

La asociación de profesores PLIS. Educación, por favor, advierte de que el Govern Balear quiere suplantar, por medio de una simple resolución, todo el procedimiento disciplinario contra el acoso escolar contemplado por el decreto 121/2010 de derechos y deberes de los alumnos, permitiendo que cada centro apruebe un protocolo preventivo distinto, reduciendo el tiempo de instrucción, impidiendo la investigación de hechos y eliminando la presunción de inocencia.

Palma,  17 de octubre de 2016


Actualmente existe un procedimiento disciplinario aplicable a casos de acoso escolar y otras "conductas gravemente perjudiciales para la convivencia", fijado por el decreto 121/2010 (Decreto de derechos y deberes de los alumnos en Baleares). Es un procedimiento garantista y que tiene mucho cuidado en amparar los derechos de los alumnos, menores de edad. En este protocolo disciplinario (1) se separa la figura del instructor del expediente disciplinario y del director que debe resolver, (2) se fija un plazo de instrucción de 10 días, (3)  se precisa que el instructor debe hablar con el presunto acosado y presunto acosador y (4) que ha  recabar toda prueba y testimonio relevante.
El Govern ha añadido a este procedimiento disciplinario un protocolo preventivo de carácter previo,  conocido como  Protocolo contra el Acoso escolar. . Este protocolo preventivo ha de ser aprobado por el Consejo Escolar e inserto en el Plan de Convivencia del Centro. Aunque aparentemente el Govern sólo quiere añadir un nuevo protocolo para luchar con más eficacia contra el acoso escolar, previendo que, caso de no funcionar el protocolo preventivo, se ponga en marcha el procedimiento disciplinario previsto por el decreto, "la realidad es que sólo busca eliminar en las escuelas el principio de presunción de inocencia".
El protocolo preventivo del Govern da sólo validez a la declaración del presunto acosado. Prevé que, cuando se produzca una denuncia por acoso, (1) actúe  un profesor  instructor llamado referente, que forma también parte del equipo que tenga que decidir sobre el presunto acoso, (2) que en un plazo de 4 días (3) debe  entrevistarse sólo con el presunto acosado y (4) no tiene que recoger pruebas ni testimonios. En una segunda fase, con sólo la declaración del acosado, (5) un órgano llamado CAS, del que forma parte, además del director y otros, el profesor referente, decide si hay o no acoso. Si se ha decidido que hay acoso, (6) el profesor instructor o referente "puede" entrevistarse otra vez con el presunto acosado,  (7) por primera vez con el acosador, cuya declaración no puede modificar la valoración establecida previamente por el CAS, y (8) le comunica que le someterá a un seguimiento. En una segunda reunión el CAS archiva si el acoso desaparece y, (9) si considera que el acoso continúa, abandona la vía preventiva y traslada el caso al procedimiento disciplinario del decreto.
Dado que la instrucción del procedimiento preventivo está viciada por la eliminación de la presunción de inocencia, despreciando la versión del presunto acosador,  el procedimiento disciplinario queda condicionado y contaminado desde el principio. El instructor que instruya el procedimiento disciplinario tendrá que incluir en su instrucción todas las conclusiones que el procedimiento preventivo, mediante la eliminación de la presunción de inocencia, ya ha establecido. Aunque el instructor disciplinario (1) sí tenga 10 días para instruir, (2) sí deba hablar con el presunto acosado y acosador y (3) sí tenga que recabar pruebas y testimonios, su independencia habrá quedado seriamente comprometida, porque se le presenta un pre-juicio y porque quien tiene que resolver finalmente el caso es el director, que a su vez había formado parte del CAS u órgano de decisión del protocolo preventivo.

¿Por qué el Govern aprueba un protocolo que tan burdamente manipula un decreto?   "Si lo que pretende el Govern es luchar eficazmente contra el acoso escolar, lo primero que ha de hacer es no manipular lo que ya está legislado y, en segundo lugar, ayudar a los centros en vez de echarles una soga al cuello. Sin embargo, nada de esto le interesa al Govern, que sólo ha pretendido con este protocolo contentar a ciertos colectivos e introducir en la escuela, afectando a menores de edad, que deben ser especialmente protegidos, el principio jurídico introducido por la legislación de género y confirmada por la ley LGBT, que consiste en, ignorando toda cautela de seguridad jurídica, invertir la carga de la prueba, es decir,establecer  que alguien es culpable mientras no demuestre que es inocente, lo que es especialmente grave aplicado a menores de edad".