Los directores que no recojan en los sobres de matrículas el derecho a elegir lengua de primera
enseñanza pueden ser responsables de infringir la ley
La asociación de profesores PLIS. Educación, por favor avisa de que cada centro escolar de Infantil y Primaria está preparando su propio impreso de matrícula y de que los directores no han recibido instrucciones claras sobre la obligación de incluir en la matrícula la libre elección de lengua de primera enseñanza.
Palma, 8 de junio de 2016
El próximo 22 de
junio comienza el período de matriculación en los centros de infantil y
primaria de Baleares. Los centros tienen libertad para redactar el
impreso de matrícula y no han recibido instrcciones claras sobre la
obligación de incluir la elección de lengua vehicular de primera
enseñanza.
La
ley de Normalización Lingüística de Baleares, artículo 18, deja claro
que se puede elegir la primera enseñanza en la lengua vehicular que los
padres decidan y que las autoridades deben hacer efectivo este derecho. Por otra parte, la sentencia del Tribunal Supremo del 12
de diciembre de 2008, que, aunque condena a la Generalitat catalana,
sienta jurisprudencia en toda España, obliga a considerar en los impresos "el
derecho de los niños a cursar la primera enseñanza en la lengua habitual
de elección, y considerar que su no dación por la Administración
vulnera los artíclos 14 y 27 de la Constitución".
PLIS.
Educación, por favor denunció en mayo que el Govern había eliminado
de los impresos de solicitud de centro las tradicionales casillas que
permitían elegir la lengua de primera enseñanza. La presidente Armengol
declaró en el Parlament, ante las protestas de Ciudadanos y de PLIS.
Educación, por favor, que esas casillas se incluirían en el impreso de
matrícula.
Ayer,
en la sesión de control del Parlament, el conseller sr. Martí Macrh no
respondió a las preguntas de Ciudadanos sobre la inclusión en los sobres
de matrícula de dos casillas que hagan efectivo el derecho de elección
de lengua de primera enseñanza. PLIS. Educación, por favor tiene la
sospecha de que la Conselleria de Educación ha decidido contradecir la
promesa de Armengol, ya que no puede ser olvido que en la orden del 7 de
abril de 2016, que regula el proceso de admisión en centros públicos,
no aparezca ninguna mención a esta obligación de permitir elegir lengua
de primera enseñanza.
Todo
parece indicar que, una vez más, la conselleria elude sus propias
responsabilidades dejando la decisión de incluir el derecho de elección
de lengua de primera enseñanza a los propios centros, en un mal
ejercicio de la autonomía escolar. Esta cobarde actitud de la
Conselleria buscaría trasladar a los directores de los centros la
responsabilidad de incluir o no las casillas de libre elección de
lengua, con la consecuencia de que serían los directores responsables,
caso de reclamación o denuncia, ante la autoridad competente.